Arresto e investigación
Abogado para arresto federal y audiencia de detención en Dallas.

Después de un arresto federal, la audiencia más importante muchas veces es la primera. La audiencia de detención (detention hearing) decide si la persona espera el juicio en su casa o encerrada, a veces por un año o más, y normalmente se hace entre tres y cinco días después de la primera presentación ante el juez. Empezamos a armar el plan de libertad el mismo día que usted llama, hablamos con la familia y nos preparamos para esa audiencia. Llame a cualquier hora, en español o en inglés.
Ahora mismo
Si los agentes federales acaban de arrestar a alguien.
- 01
No hable del caso
Ni con los agentes, ni con otras personas en la celda, ni por los teléfonos o videollamadas de la cárcel. Esas llamadas se graban y los fiscales las escuchan.
- 02
Averigüe la agencia y la corte
Anote qué agencia hizo el arresto (FBI, DEA, HSI, ATF, Patrulla Fronteriza) y en qué ciudad. Los alguaciles federales (U.S. Marshals) tienen bajo custodia a las personas con cargos federales, y la primera presentación ante un juez magistrado normalmente es el siguiente día de corte.
- 03
Arme hoy mismo el plan de libertad
Junte la dirección donde viviría la persona, un contrato de renta o escritura, una carta o talones de pago del trabajo, y el nombre de un familiar responsable que pueda ser custodio (third-party custodian). Sepa dónde está el pasaporte.
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Tenga cuidado en la entrevista con pretrial services
Un oficial de servicios previos al juicio (pretrial services) le va a preguntar sobre su familia, trabajo, salud, uso de drogas y arrestos anteriores, y las respuestas van en un reporte que lee el juez. Conteste con la verdad sobre sus antecedentes y no hable del cargo. Una respuesta falsa se puede usar para pedir que lo dejen detenido.
- 05
Llámenos antes de la audiencia
La audiencia se puede hacer en la primera presentación o pocos días después, y el tiempo para prepararse es corto. La consulta es gratis y contestamos las 24 horas.
Plazos y números clave
- Primera presentación ante el juez
- Sin demora innecesaria, normalmente el siguiente día de corteFuente: Fed. R. Crim. P. 5
- Audiencia de detención
- En la primera presentación, o hasta 5 días después si lo pide la defensa, 3 si lo pide el gobierno (sin contar fines de semana ni días feriados)Fuente: 18 U.S.C. 3142(f)
- Casos donde la ley presume la detención
- Cargos de drogas con un máximo de 10 años o más, cargos de armas bajo la 924(c) y muchos cargos relacionados con menoresFuente: 18 U.S.C. 3142(e)(3)
- Audiencia preliminar si todavía no hay acusación formal
- Dentro de 14 días si está detenido, 21 días si está libreFuente: Fed. R. Crim. P. 5.1
- Plazo para la acusación formal después de un arresto por denuncia
- 30 días, con excepcionesFuente: 18 U.S.C. 3161(b)
- Si el juez magistrado ordena la detención
- Una moción ante el juez de distrito, que se debe decidir prontoFuente: 18 U.S.C. 3145(b)
La ley en Texas
Cómo funcionan la libertad y la detención en la corte federal.
La libertad en la corte federal se rige por la Ley de Reforma de Fianzas (Bail Reform Act), 18 U.S.C. 3142. El juez tiene que dejar libre a la persona con las condiciones menos estrictas que razonablemente aseguren que se presente a la corte y que la comunidad esté segura. La detención sólo se permite después de una audiencia, sólo en ciertos tipos de casos, y sólo si ninguna condición sería suficiente.
| Resultado | Qué significa | Notas |
|---|---|---|
| Libertad bajo palabra o fianza sin depósito | Usted firma una promesa de presentarse. No se paga dinero por adelantado. | Siempre aplican condiciones básicas: no cometer delitos y presentarse a cada fecha de corte. |
| Libertad con condiciones | Custodio, monitor de ubicación, toque de queda, mantener el trabajo, pruebas de drogas, entregar el pasaporte, no tener contacto con testigos. | El juez no puede poner una condición de dinero que deje a la persona encerrada sólo porque no puede pagar. |
| Fianza con depósito o propiedad | Se deja con la corte dinero o una propiedad, como la escritura de una casa. | Los familiares que firman pueden perder lo que dejaron si no se cumplen las condiciones. |
| Detención temporal de una persona que no es ciudadana | Hasta 10 días, sin contar fines de semana ni feriados, para avisar a las autoridades de inmigración. | Aplica a personas que no son ciudadanas ni residentes permanentes. |
| Detención hasta el juicio | La persona se queda bajo custodia de los alguaciles federales mientras sigue el caso. | Requiere una decisión por escrito. El peligro para la comunidad se tiene que demostrar con evidencia clara y convincente. |
Una presunción se puede responder
En casos de drogas con un máximo de 10 años o más, casos de armas bajo la 924(c) y muchos casos relacionados con menores, la ley empieza con la presunción de que ninguna condición es suficiente. La defensa la puede responder con evidencia real: un hogar estable, lazos de familia y trabajo, antecedentes viejos o menores, y un custodio responsable. El gobierno sigue teniendo la carga de convencer al juez.
Fuente: 18 U.S.C. 3142(e)(3)Lo que toma en cuenta el juez
El tipo de cargo, el peso de la evidencia, la familia, el trabajo, el domicilio y la salud de la persona, su historial con drogas o alcohol, si se ha presentado antes a la corte, sus antecedentes, y si dejarla libre pondría a alguien en peligro.
Fuente: 18 U.S.C. 3142(g)El estatus migratorio cambia el plan
A una persona que no es ciudadana ni residente permanente la pueden detener hasta 10 días para avisar a inmigración, y una orden de retención de ICE (detainer) puede significar que al salir de los alguaciles pase directo a la custodia de ICE. Hablamos de eso con la familia antes de pedir la libertad, porque cambia lo que es realista.
Fuente: 18 U.S.C. 3142(d)Una orden de detención no es la última palabra
El juez de distrito puede revisar la orden de detención del juez magistrado. La audiencia también se puede reabrir cuando hay información nueva e importante, como un nuevo custodio, un lugar en un programa de tratamiento o una casa que antes no estaba disponible.
Fuente: 18 U.S.C. 3145 and 3142(f)(2)Cómo trabajamos
Cómo nos preparamos para la audiencia de detención.
El Lic. Estrada lee la denuncia y decide la estrategia. Nuestros asociados y el personal bilingüe trabajan con la familia en el plan de libertad, y usted recibe noticias en español o en inglés.
01
Leer los papeles del cargo
La denuncia penal (complaint) y la declaración jurada del agente, o la acusación formal (indictment), nos dicen qué presunción aplica, qué tan fuerte dice el gobierno que es su caso y de qué se va a tratar la audiencia.
02
Armar un plan de libertad en el que el juez pueda confiar
Una dirección comprobada, un custodio que entienda su responsabilidad, prueba de trabajo o una oferta de empleo, y tratamiento si las drogas o el alcohol tienen que ver. Llevamos documentos, no promesas.
03
Preparar a la familia para declarar
Un custodio o un familiar puede tener que contestar preguntas del juez y del fiscal. Repasamos con ellos lo que les van a preguntar, en español si así se les hace más fácil.
04
Interrogar al agente
El gobierno muchas veces presenta su versión con el testimonio de un agente o con un resumen. Hacerle preguntas a ese agente es la primera mirada real a la evidencia, y puede mostrar debilidades que importan más adelante.
05
Pedir revisión si la respuesta es no
Si el juez magistrado ordena la detención, decidimos con usted si pedirle al juez de distrito que la revise o reabrir la audiencia cuando el plan mejore.
06
Trabajar el caso desde el primer día
La libertad es el primer paso, no todo el caso. Vigilamos el plazo para la acusación formal, pedimos la evidencia (discovery) y empezamos a revisar el cateo, las declaraciones y las pruebas desde el principio.

Quién lleva su caso
El abogado del letrero es el abogado de su caso.
El Lic. Estrada ejerce en Texas desde 2003, en cortes estatales y en los distritos federales Norte, Este y Oeste de Texas. Él lee el expediente y decide la estrategia, con abogados asociados y personal que trabajan el caso junto con él. Todo se le explica en español o en inglés.
Lo que dicen los clientes
“This attorney takes his time with every client, I love that he speaks Spanish so it was nice to fully understand him.”Lo que nos preguntan las familias después de un arresto federal.
- ¿Podemos usar un fiador como en la cárcel del condado?
- La corte federal funciona diferente. La libertad normalmente depende de condiciones, de firmas de familiares y a veces de dinero o una propiedad que se deja con la corte, no de una fianza comercial. Le explicamos cada opción y lo que está firmando la familia.
- ¿Lo va a recoger ICE si el juez lo deja libre?
- Si hay una orden de retención de ICE, es posible. Eso afecta si conviene pedir la libertad, qué pedir y cómo se relacionan el caso penal y cualquier caso de inmigración. Díganos sobre el estatus desde el principio y en privado.
- ¿Qué pasa con su trabajo?
- Las condiciones de libertad muchas veces piden mantener el trabajo o buscar uno, y una carta del patrón ayuda en la audiencia. Una detención larga puede costarle el trabajo, que es una razón más por la que la primera audiencia importa.
- ¿Dónde lo van a tener y lo podemos visitar?
- Los alguaciles federales deciden dónde tienen a las personas, y puede ser un lugar fuera del condado. Averiguamos dónde está la persona y cómo funcionan las visitas y las llamadas, y le recordamos a todos que las llamadas se graban.
Dallas y Odessa
Cortes federales para Dallas, Collin, Denton y Odessa.
Los arrestos en el condado de Dallas van al Distrito Norte de Texas, División Dallas, en el edificio federal Earle Cabell en la calle Commerce, en el centro. La misma división cubre Ellis, Kaufman, Rockwall y otros condados cercanos, mientras que los casos del condado de Tarrant van a la División Fort Worth. Los casos de los condados de Collin y Denton van al Distrito Este de Texas, División Sherman, que tiene corte en Sherman y en Plano. Los casos de los condados de Ector y Midland van al Distrito Oeste de Texas, División Midland-Odessa, en Midland. El Lic. Estrada está admitido en los tres distritos y tiene oficinas en Oak Cliff y Odessa.
FAQ
Preguntas frecuentes.
¿Qué tan pronto es una audiencia de detención federal?
Se hace en la primera presentación, a menos que una de las partes pida más tiempo. La defensa puede pedir hasta 5 días y el gobierno hasta 3, sin contar fines de semana ni feriados, y mientras tanto la persona sigue detenida. Por eso el plan de libertad debe empezar de inmediato.
¿Qué es la presunción de detención?
En algunos casos, como cargos de drogas con un máximo de 10 años o más y cargos de armas bajo la 924(c), la ley empieza suponiendo que ninguna condición es suficiente. La defensa la puede refutar con evidencia sobre el hogar, la familia, el trabajo y los antecedentes de la persona. Hace la libertad más difícil, no imposible.
¿Podemos nada más pagar una fianza para sacarlo?
No como funciona en la cárcel del condado. Un juez federal pone las condiciones después de escuchar a las dos partes, y el dinero es sólo una de las posibles condiciones. El juez no puede dejar a alguien detenido sólo porque la familia no puede pagar una cantidad.
¿Debo hablar con el oficial de pretrial services?
La entrevista es sobre sus antecedentes, no sobre su culpabilidad, y una información completa y honesta normalmente ayuda a conseguir la libertad. No hable de los hechos del cargo. Si puede, hable con un abogado antes de la entrevista.
Si el juez ordena la detención, ¿puede cambiar?
Sí, de dos maneras. El juez de distrito puede revisar la orden del juez magistrado, y la audiencia se puede reabrir cuando hay información nueva e importante. Ninguna de las dos es automática, así que el plan tiene que ser más fuerte la segunda vez.
¿Estar detenido significa que el caso está perdido?
No. La detención tiene que ver con el riesgo, no con la culpabilidad. La evidencia, el cateo, las declaraciones y los temas de la sentencia todavía están por delante, y los seguimos trabajando esté la persona en su casa o detenida.
¿Cuánto cuesta contratarlos para un caso federal?
La consulta es gratis. Cada caso federal es diferente, así que hablamos del costo y de las opciones de pago desde el principio, antes de que usted decida nada.
Situaciones relacionadas
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- Conspiración federal de drogas
- Cargos federales de armas
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- Salir de la cárcel, fianza y órdenes
- Consecuencias migratorias de un cargo
- Todo: Defensa Criminal Federal
Actualizado octubre de 2026
Esta página es información general sobre la ley de Texas, no consejo legal para su situación. Leerla no crea una relación de abogado y cliente. Cada caso es diferente y los resultados pasados no garantizan un resultado futuro.
Dos oficinas
Oak Cliff y Odessa.
Lunes a viernes de 9 a 5, sábado de 9 a 12. Emergencias 24/7 por teléfono.
Law Office of Olegario Estrada, P.C.
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